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Paraje Balcarce: Acusado de abuso sexual continuará con prisión preventiva hasta la finalización del juicio

 Este viernes, el Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, resolvió sobre la medida de coerción impuesta a M.J.F., un hombre de 69 años acusado como presunto autor del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de la nieta de su pareja.


El hecho que se investiga, habría tenido lugar en el mes de octubre de 2020 en el Paraje Balcarce de la localidad de Cortaderas, cuando la adolescente quedó al cuidado de su abuelastro mientras sus progenitores estaban de compras.

M.J.F. fue procesado con prisión preventiva y, en septiembre de 2022, la causa pasó a tramitar bajo el nuevo sistema penal.

La acusación se formalizó el 5 de diciembre de ese año, ante el Juez de Garantía, Dr. Jorge Osvaldo Pinto, quien hizo lugar al requerimiento de la Fiscalía para elevar la causa a juicio.

En la audiencia celebrada este 17 de marzo, el Dr. Eloy Sánchez, abogado defensor de M.J.F., solicitó al tribunal la revocación de la prisión preventiva o, en su defecto, la concesión del beneficio de prisión domiciliaria, hasta tanto se defina la situación procesal de su defendido. Asimismo, afirmó que no obra en la causa constancia alguna sobre la materialidad del delito que se le imputa, y que no cabe la posibilidad de fuga ni de entorpecimiento del proceso para sostener la medida de coerción.

En contrapartida, el Fiscal de Juicio de la Tercera Circunscripción, Dr. Mario Néstor Zudaire, sostuvo la legitimidad de la prisión preventiva, solicitando que M.J.F. permanezca alojado en el Servicio Penitenciario por un plazo de 60 días. Ello, con el fin de evitar la obstaculización del proceso y garantizar la presencia del acusado en el juicio; teniendo en cuenta la proximidad del debate, la gravedad del delito y la expectativa de pena en caso de una posible condena.

Tras escuchar los requerimientos de las partes, el Tribunal integrado por las Dras. Cintia Paola Martín, Sandra Ehrlich y Laura Molinoresolvió no hacer lugar al pedido de la defensa, y mantener la prisión preventiva por un término de 60 días a efectos de la realización del debate oral. Al respecto, argumentaron que los riesgos procesales que fundamentaron la medida de coerción continúan latentes; considerando, además, la magnitud de la pena en expectativa en caso de que el acusado sea declarado culpable.

Nota aclarativa: el tiempo de la prisión preventiva, es distinto al de la pena de prisión que podría recaer sobre el acusado en caso de una eventual condena.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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