Header Ads

Servicios: Anses comienza a pagar el 21 de abril el bono de 10 mil pesos

El martes 21 arrancará el cronograma de pago de los $ 10.000 para los que se inscribieron en el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), fueron aceptados y completaron el trámite con el registro del N° de CBU de la cuenta bancaria.


Los pagos se irán acreditando en esas cuentas entre el martes 21 y el martes 5 de mayo según número de terminación del DNI. Arranca el martes 21 para los con terminación 0, el miércoles 22 con terminación 1, jueves 23 terminación 2, viernes 24 terminación 3.
Luego el lunes 27 cobran los de terminación 4, martes 28 terminación 5, miércoles 29 terminación 6, jueves 30 terminación 7. Y el lunes 4 de mayo con terminación 8 y el martes 5 de mayo terminación 9.

Entre el  sábado 11 y el miércoles 15 los que fueron aceptados tienen que continuar los trámites con la clave personal en el sitio de la ANSeS para suministrar el número de CBU de la cuenta bancaria para que, en las fechas indicadas, sean acreditados los $ 10.000.
ANSeS aclaró que los que no tienen CBU o que prefieran cobrar por otros medios de pago, “podrán elegirlos a partir del jueves 16 ingresando también en la página Web y siguiendo una serie de instrucciones que se darán a conocer en la semana”. A su vez, “quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo igualmente en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados”.
Por otra parte, “terminado el pago del IFE a los solicitantes ya aprobados, la ANSES abrirá una instancia para volver a considerar aquellos casos que no fueron aprobados por haberse producido cambios no informados al organismo en la situación laboral o familiar de esas personas o, también, por falta de datos”.
El subsidio de $ 10.000 se otorga por familia y siempre que el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:
a) De un trabajo en relación de dependencia público o privado.
b) De ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos.
c) De una prestación de desempleo.
d) De jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.

No hay comentarios.

Con tecnología de Blogger.