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La Toma: Le impusieron 20 años de cárcel al femicida de Carla Pereyra

 

Cuando cometió el crimen tenía 17 años. Por las leyes vigentes en materia de sanción penal a menores, no le dieron perpetua. Recién ahora cuantificaron la pena.

Acusado. Pérez (izq.) junto a sus defensores, en el debate oral. Nunca admitió la brutal agresión que perpetró. Foto: El Diario – Archivo.


Si bien el 12 de septiembre de 2019 un tribunal lo declaró responsable del femicidio de su pareja, Carla Pereira, aún restaba que cuantificaran la pena para Nahir Nazareno Pérez por el crimen que cometió en junio de 2017 en La Toma. Los recursos interpuestos por la defensa del acusado, a los que se sumó la demora que generó la pandemia en las tramitaciones, determinaron que el tiempo pasara y que recién ahora, a poco de cumplirse dos años de la finalización del juicio oral, se establezca cuánto tiempo deberá pasar Pérez en la cárcel. En su fallo, la jueza de Familia 2, Viviana Oste, tomó como base para la determinación de la pena el monto de 30 años de cárcel, pero considerando las medidas tutelares realizadas por ese Juzgado, la edad que tenía Pérez al momento de cometer el delito y la normativa legal vigente redujo en un tercio la pena y le fijó 20 años de prisión. 

 

Cuando le dio a Carla, de 31 años, la brutal paliza que la llevó a la muerte, Pérez tenía 17. Si bien el delito que cometió se castiga con prisión perpetua, por la edad que tenía cuando cometió el hecho y por las normativas existentes en materia de sanción penal a menores, no le impusieron esa pena, si no una mucho menor.


El próximo martes Pérez será notificado en una audiencia que se desarrollará bajo modalidad virtual, por CiscoWebex Meeting. Ese día “se abrirá una segunda etapa, en la que como parte querellante tenemos la opción de apelar. También lo puede hacer Fiscalía de Cámara y la defensa”, le explicó ayer a El Diario Mario Aimale, el abogado que representa a la madre de Carla, Claudia Sagripanti. “Hay que recordar que si hay alguna apelación, va a la Cámara y después al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que es la instancia donde queda firme la sentencia”, acotó.

 

Aimale se reunirá con la familia de Carla mañana para dialogar sobre el fallo, del que tomó conocimiento el viernes 20. Ahí, según dijo, les explicará sus alcances, cuáles fueron los argumentos que dio la magistrada y se verá qué determinación tomar —en cuanto a si apelar o no—. Ayer, en un breve contacto con El Diario, Carolina Pereira, hermana de la víctima, contó que aguardarán ese encuentro con el letrado para manifestarse en detalle. Si bien entienden que la decisión judicial está tomada con base en lo que las leyes actuales  permiten, opinan que 20 años de cárcel es poco por el crimen que dejó a un niño sin su madre —Carla era mamá— y a toda su familia con un dolor irreparable por su ausencia.


El abogado recordó que el abogado de Pérez, Vicente Cuesta, interpuso en su oportunidad una casación que el STJ resolvió este año de manera desfavorable a la defensa. “Centralmente, lo que planteaban es que no querían que la jueza Oste cuantificara la pena, que ella no hiciera esta sentencia, porque ya había intervenido en otra instancia, había ordenado que estuviera preso (NdP: fue quien lo procesó con prisión preventiva). Entendían que habían preopinado, ese era el fundamento. Pero el Superior Tribunal consideró que no era así, que no era un adelantamiento de fallo, que la jueza había actuado a derecho y que correspondía que hiciera la cuantificación”, resumió Aimale.

 

Por su parte, Cuesta le dijo a El Diario que, por una cuestión de salud, recién mañana se reintegrará al trabajo y leerá los fundamentos de la sentencia. Pero está al tanto de cuál ha sido la determinación y aseguró que apelará, que agotará todas las vías recursivas, que llegará a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “El problema es que no hay una Cámara Penal para menores en la provincia. La misma Cámara Penal que juzga a adultos fijó la responsabilidad penal y luego (el expediente) volvió al Juzgado de Familia, para que cuantificaran la pena. La misma jueza que dictó el procesamiento con prisión preventiva es quien dio la sentencia, por lo que no se respetó el principio de la doble instancia, violándose el derecho de defensa”, opinó.


Actualmente el femicida tiene 21 años. En el juicio oral celebrado en 2019, la Cámara del Crimen 2 de San Luis lo declaró responsable de “Homicidio doblemente calificado, por el vínculo y por mediar cuestión de género”. Pero al monto de la pena lo tenía que fijar la jueza Oste.


En la resolución, entre otros aspectos, la magistrada señaló que para ese delito, según lo establece el Código Penal, corresponde la pena de prisión perpetua y que el fiscal subrogante Esteban Roche al momento de hacer la acusación fiscal solicitó, que al momento de dictar la sentencia, se condenara a Pérez a sufrir condena efectiva de prisión perpetua. Y también expuso los argumentos en los que basó su decisión. 

 

“De este modo, no obstante la circunstancia de que la legislación actual (Ley 24.660, de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad) posibilite el acceso a la liberación anticipada respetando el principio de progresividad, en casos de penas de prisión perpetua, en relación a los menores de edad, la pena a aplicarse debe ser razonablemente inferior teniendo en cuenta las particularidades del sujeto al que se le impone la misma.

 

Por otra parte, teniendo presente que el delito por el cual se declara responsable al joven Pérez Nahir Nazareno prevé una pena única de prisión perpetua, no pudiendo traducirse a un monto de años determinados por no resultar temporal tomaré como base para la determinación de la pena la de treinta años”, señaló Oste, para luego indicar que a los fines de fijar la pena definitiva tomó en cuenta lo dispuesto por los artículos 40 y 41 del Código Penal, que hacen referencia a la consideración de agravantes y atenuantes y a la reducción de las escalas penales por algunos delitos a las de la tentativa, respectivamente.


También que Pérez se ha incorporado a actividades que ofrece el Servicio Penitenciario en orden a su reinserción social y la doctrina y jurisprudencia aplicable al caso, como el criterio expuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un caso concreto de Argentina y lo que dicen la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño sobre la pena y su función de reintegración social.

 

 

La encerró en la casa y le pegó

 

• El domingo 25 de junio de 2017, Nahir Pérez le dio una golpiza a su pareja, Carla Pereira, en la casa de ella, en La Toma, donde convivían. El agresor, quien practicaba kick boxing, la encerró con llave y le pegó. Cuando vio la oportunidad, la joven escapó y pidió auxilio a sus vecinos. Luego se supo que de modo habitual sufría agresiones por parte de Pérez.

 

•  El lunes 26 Carla comenzó a sentir los efectos de la paliza: no coordinaba para caminar y hablaba incoherencias. La llevaron al Hospital de La Toma y de ahí la derivaron al de San Luis, donde falleció el 29 de junio. Los golpes afectaron de modo irremediable su cerebro.


Fuente: El Diario de la República


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