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Merlo: Condenaron a un hombre por tenencia de arma de guerra

Un hombre de 70 aƱos con domicilio en la Villa de Merlo, fue condenado este jueves como autor material del delito de tenencia de arma de guerra.


El jubilado reside frente a un hotel de la referida Villa TurĆ­stica y, en seƱal de reclamo por el ruido de los micros que estacionaban allĆ­, efectuĆ³ disparos al aire desde su domicilio con un arma tipo pistola, calibre 32, Marca Mauser. La primera “advertencia” fue el 12 de junio de 2018. Y, seis dĆ­as mĆ”s tarde, reiterĆ³ su accionar dos veces mĆ”s con diferencia de minutos.

Las denuncias fueron realizadas el 21 de junio de ese aƱo, por el encargado y el conserje del hotel, quienes manifestaron su preocupaciĆ³n y temor por la actitud de su vecino con quien siempre habĆ­an mantenido un trato cordial.

Este 16 de noviembre, mediante un juicio abreviado, J.O.G. reconociĆ³ su autorĆ­a en los hechos y aceptĆ³ la imposiciĆ³n de una pena de prisiĆ³n en suspenso. Asimismo, manifestĆ³ que la pistola era una reliquia que pertenecĆ­a a su abuelo paterno, quien llegĆ³ a la Argentina luego de la Primera Guerra Mundial, y que desconocĆ­a la obligaciĆ³n de registrar un arma que tenĆ­a mĆ”s de 100 aƱos.

El acuerdo de juicio abreviado fue ratificado por el representante del Ministerio Fiscal, Mario NĆ©stor Zudaire, y el Defensor Oficial en lo Penal, JosĆ© Francisco PĆ©rez.

Como atenuantes de la pena, se tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales computables por parte del imputado y, como agravantes, la extensiĆ³n del daƱo causado debido al temor que produjo su accionar.

Por sorteo de ley, el juez asignado para dirigir el debate fue el camarista Gustavo Daniel SanchiƱo, quien resolviĆ³ homologar el acuerdo convenido por las partes dictando, en consecuencia, el siguiente veredicto:

Declarar a J.O.G. culpable, como autor material y penalmente responsable del delito de tenencia de arma de guerra, condenĆ”ndolo a sufrir la pena de dos aƱos en prisiĆ³n en suspenso, accesorias legales y costas del juicio.

A su vez, como regla de conducta, le impuso la obligaciĆ³n de comunicar al tribunal, dentro de las 48 horas, cualquier cambio de residencia y/o del domicilio declarado.

Finalmente, el juez le aclarĆ³ al ahora condenado que, en caso de cometer nuevos delitos o de incumplir con las pautas establecidas, se le revocarĆ” el beneficio de la libertad condicional y la prisiĆ³n en suspenso se convertirĆ” en prisiĆ³n de cumplimiento efectivo.

periodicojudicial.gov.ar

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