Plan de reactivación productiva: Habra un Régimen de Exenciones Impositivas para las pequeñas, medianas y grandes empresas
El Gobierno provincial prepara la implementación del proyecto que eximirá del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los grandes contribuyentes que realicen inversiones y a los contribuyentes más pequeños -contribuyentes directos- que hayan disminuido sus ingresos en más de un 20%, si se compara lo declarado en 2019 en relación con el 2020.
El ministro de Hacienda Pública, Eloy Horcajo, destacó que “ese régimen está pensado para las pequeñas, medianas y grandes empresas, para que no haya discriminaciones y abarque a todo el sector productivo de la provincia de San Luis”.
Asimismo, el titular de la cartera económica señaló que la iniciativa tiene dos ramas. En primer lugar, “este régimen de exenciones impositivas busca fomentar, incentivar, propiciar y convencer al empresario de que si tiene un ahorro o un capital financiero lo invierta en la provincia de San Luis y a cambio de esa inversión va a tener una exención impositiva, es decir, que va a pagar un menor impuesto”.
En segundo lugar, tiene que ver con el pequeño comercio de la provincia. “Los contribuyentes directos que, indistintamente del tipo de actividad económica que desarrollen (compra-venta, servicios o elaboración), se han visto afectados por la pandemia, tuvieron menores ventas y pérdidas, lo que implica que facturaron menos y que tuvieron menos impuestos declarados. En ese sentido, van a poder acceder a un régimen de exenciones impositivas para pagar menos impuestos este año. Es un mecanismo más, automático, que la Dirección Provincial de Ingresos Públicos lo va a instrumentar de manera rápida”, explicó Horcajo.
Detalles técnicos del Régimen de Exenciones Impositivos
El proyecto está destinado a quienes realicen inversiones que aumenten su capacidad productiva y/o generen nuevos puestos de trabajo. El monto de la exención no podrá superar el 50% del impuesto declarado por el contribuyente, considerando los dos últimos ejercicios fiscales vencidos, el que fuere mayor o hasta el monto de la inversión productiva aprobada, en el caso de que esta sea inferior al porcentaje establecido anteriormente.
También tiene por objeto eximir del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes que revistan la calidad de directos, cuyos ingresos anuales declarados en el periodo fiscal 2020, sean gravados, no gravados o exentos y sin considerar la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), no superen la suma de $ 29.000.000,00.
Podrán acceder al beneficio los contribuyentes antes detallados, cuyas Bases Imponibles para el período fiscal 2020 respecto de 2019, declaradas con anterioridad al 30 de junio de 2021, se hayan visto disminuidas en un importe no menor al 20% en términos reales.
Fuente: ANSL
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