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Elecciones 2023: Impulsan La Ley de Lemas en San Luis

A través de un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados, y fundamentándose en varios cuestiones, entre las que se destaca fomentar la mayor participación ciudadana, la reducción de los gastos que implican realizar varios actos eleccionarios (PAS) y (PASO), y teniendo en cuenta que ya hay varias provincias con este sistema, y San Luis fue la primera en implementarlo, es que se busca volver a la Ley de Lemas para los próximos actos eleccionarios.

¿QUÉ PROVINCIAS MANTIENEN ESTE SISTEMA?

Ahora San Juan, Formosa, Misiones y Santa Cruz con las provincias que poseen vigente el sistema de Lemas para elecciones.

Desde 1983 en adelante, 13 provincias tuvieron algún tipo de ley de lemas. San Luis fue la primera, en 1986. Le siguieron Formosa, Santa Cruz, Tucumán, Misiones, Chubut, Santa Fe, Jujuy, Salta, Santiago del Estero, San Juan, La Rioja y Río Negro.

¿ES ANTICONSTITUCIONAL LA LEY DE LEMAS?

NO, en absoluto. Es un sistema totalmente válido y se trata de una cuestión de derecho público local, así lo ha afirmado la Corte Suprema de la Nación ante algunos casos de apelaciones presentados por candidatos políticos.

Más de un caso provincial llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Se presentaron pedidos de inconstitucionalidad contra las leyes electorales de Santa Fe (ya derogada), Formosa y Santa Cruz. Sin embargo, la jurisprudencia del tribunal no ha cambiado: se trata de una cuestión de derecho público local.

En 2003, todavía estaba vigente en Santa Fe la ley de lemas. El Partido Demócrata Progresista provincial presentó un amparo en el que señalaba que la ley de lemas era inconstitucional porque afectaba la autenticidad del sentido del voto y coartaba la facultad de los partidos políticos de designar candidatos. En junio de ese año, la Corte concluyó que la ley era legítima y no parecía “irrazonable, sin que ello importe abrir juicio sobre su valor, mérito o conveniencia”.

En octubre de 2013, ante una demanda iniciada por el Partido Obrero de Formosa contra la ley de lemas de esta provincia, la Corte Suprema volvió a rechazar el pedido de inconstitucionalidad de este sistema: señaló, en este caso, que su tratamiento no era competencia originaria de la Corte nacional.

El último antecedente jurisprudencial es el de Santa Cruz. La UCR, cuyo candidato Eduardo Costa fue derrotado en 2015 pese a haber obtenido más votos que la gobernadora electa, presentó un pedido de inconstitucionalidad. El reclamo fue aceptado en primera instancia y rechazado luego en la Cámara de Apelaciones provincial y en el Tribunal Superior de Justicia local. El caso llegó a la Corte nacional, que volvió a señalar que se trata de un tema de derecho público local.

ACERCA DE LA LEY DE LEMAS

En el sistema de doble voto simultáneo y acumulativo, tal como se lo llama de forma oficial, cada coalición política que se presenta a elecciones es un lema. Este lema puede estar integrado por muchos sublemas, es decir, distintas listas dentro de la misma coalición. Resulta electo el sublema que dentro del lema más votado obtenga la mayor cantidad de votos.

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