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Los Cajones: 5 años de prisión para un acusado de abuso sexual

 Este miércoles, se resolvió la situación procesal de R.C.E., un hombre de 47 años, acusado de abusar sexualmente de su sobrina menor de edad.

El hecho que motivó la causa ocurrió en la localidad de Los Cajones el 14 de enero de 2021, en la casa de la hermana del acusado.

La mujer debía realizar trámites en la ciudad de Villa Dolores, por lo que dejó a su hijo de 7 años y a su hija de 12, al cuidado de su tío.

El abuso consistió en actos de tocamiento en las zonas íntimas de la menor, por encima de su ropa. Fue un vecino quien advirtió la situación e, inmediatamente, dio aviso a la madre de los menores.

La mujer realizó la denuncia en la Sub Comisaría N°8 de Los Cajones y, posteriormente, instó la acción penal en el Juzgado de Instrucción con asiento en Santa Rosa del Conlara.

R.C.E. fue detenido, indagado y posteriormente procesado con prisión preventiva.

JUICIO ABREVIADO

En el plenario realizado este 19 de octubre en la Cámara de Apelaciones con asiento en Concarán, el Fiscal de Juicio, Dr. Mario Néstor Zudaire, comunicó al tribunal unipersonal a cargo de la Dra. María Claudia Uccello, la voluntad de las partes de finalizar el proceso mediante un juicio abreviado. Asimismo, informó el cambio de calificación legal, en los términos del artículo 119 del Código Penal, “Abuso sexual simple”, agravado por el inciso b del cuarto párrafo, es decir, por ser el encargado de la guarda de la menor; conforme al último párrafo del referido artículo.

En el acuerdo arribado por la Fiscalía y la defensa del acusado, Dr. Eloy Sánchez; R.C.E. reconoció la existencia del hecho atribuido y su autoría en el mismo, prestando conformidad a la imposición de una pena de 5 años de prisión efectiva, accesorias de ley y costas procesales.

Atenuantes: la ausencia de antecedentes penales. Agravantes: la extensión del daño causado a la víctima y al resto de su familia.

A su turno, la Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces de la Tercera Circunscripción, Dra. Gabriela L´Huillier; manifestó que no formularía objeciones en virtud de que, previo a la audiencia, informó telefónicamente a la denunciante sobre el acuerdo de juicio abreviado, y ésta brindó su conformidad respecto del mismo.

Tras un cuarto intermedio, la magistrada María Claudia Uccello emitió el siguiente veredicto:

“En la Ciudad de Concarán, San Luis, a los 19 días del mes de octubre de 2022, en mi carácter de juez unipersonal en la causa 289747/21, que se le sigue a R.C.E. (…), en los términos del artículo 119 inciso 3, agravado por lo dispuesto en el párrafo cuarto inciso b) y el artículo 42 del Código Penal, hecho denunciado el día 15 de Enero de 2021 en perjuicio de Y. Y. E. G. (…).

Luego del análisis del acuerdo presentado por las partes, del que surge un cambio en la calificación legal del hecho, conforme la acusación efectuada por el Fiscal de primera instancia, habiendo reconocido el imputado la ocurrencia del hecho que se le atribuye, y ser autor material del mismo, habiendo expresado, asimismo, arrepentimiento en su accionar y estar de acuerdo con la pena propuesta, siendo esta una condena de 5 años de prisión, de cumplimiento efectivo. Habiendo oído a la defensora de niñez y adolescencia, quien se manifestó de conformidad con la propuesta de acuerdo efectuada por la fiscalía y la defensa, DISPONGO:

1) Homologar el acuerdo de juicio abreviado arribado por la fiscalía y la defensa, condenando, en consecuencia, a R.C.E. (…) A LA PENA DE 5 AÑOS DE PRISIÓN, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito prescripto por el artículo 119 del Código Penal, abuso sexual simple, agravado por lo dispuesto en el cuarto párrafo del inciso b), por su calidad de encargado de la guarda de la víctima, ello conforme al último párrafo del mismo artículo 119 del Código Penal, hecho cometido en perjuicio de la menor Y. Y. E. G., denunciado el 15 de enero de 2021.

2) Ordeno librar oficio al Servicio Penitenciario Provincial, a fin de poner en conocimiento lo resuelto en el día de la fecha en esta causa”.

 

Fuente: Prensa Judicial 3° Circunscripción

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