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Cortaderas: Prórroga de prisión preventiva para imputado por abuso sexual

 El Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, resolvió este jueves prorrogar por 30 días la prisión preventiva para F.R.G., imputado como presunto autor del delito de abuso sexual con acceso carnal.

La damnificada es una mujer mayor, con problemas de salud mental, y el hecho habría ocurrido en septiembre de 2021 en la localidad de Cortaderas.

La audiencia de revisión de medida de coerción, fue solicitada por los Dres. Iván Gustavo Coria y Leonardo Fassi, abogados defensores de F.R.G., a fin de requerir que se revoque la prisión preventiva impuesta a su defendido.

Al respecto, los letrados manifestaron que la resolución que dictó la medida de coerción fue “absolutamente arbitraria” debido a la carencia de pruebas para afirmar que su representado sea el autor del delito que se le atribuye.

Además, hicieron referencia sobre la pericia psicológica-psiquiátrica efectuada a la denunciante, dejando constancia que, al momento de la entrevista, la mujer se encontraba bajo tratamiento psiquiátrico y que el relato de los hechos estaba atravesado por incongruencias ideo-afectivas e ideas paranoides.

Asimismo, sostuvieron que la prisión preventiva es una medida de excepción, acotada a ciertos presupuestos que en esta causa “no se configuran”, y que mantenerla se traduce en una vulneración de los derechos del imputado de participar del proceso en libertad.

En ese sentido, remarcaron que no existe ningún tipo de riesgo procesal, puesto que su defendido tiene familia y arraigo en la zona, por lo tanto, no hay peligro de fuga; ni tampoco existe ningún riesgo de entorpecimiento del proceso teniendo en cuenta que, durante la primera etapa de la investigación, F.R.G. se encontraba en libertad y siempre estuvo a disposición de la justicia, presentándose a cada citación y acatando las medidas ordenadas.

Por lo expuesto, requirieron la inmediata libertad de su asistido procesal, haciendo reserva de impugnación en caso de no obtener una resolución favorable.

En contraposición, la Fiscal de Instrucción, Dra. Débora Roy Gittoaseguró que existen elementos de convicción suficientes para sostener que el delito se cometió y que el imputado es el autor material del mismo.

Dijo también, que la coerción procesal de prisión preventiva tiene por objeto asegurar la presencia del imputado en el juicio y garantizar la ejecución de la pena en caso de veredicto condenatorio, es decir, evitar que el mismo se fugue e impedir que, abusando de su libertad, llegue a obstaculizar el proceso y el esclarecimiento del hecho.

“La fiscalía quiere evitar que el señor G, al quedar en libertad, tome represalias contra los testigos y atente contra la integridad de la víctima”, explicó la Dra. Roy, agregando que la damnificada manifestó expresamente el temor que tiene hacia el imputado.

Para la fiscal, F.R.G. desplegó una conducta temeraria, al atacar sexualmente a una mujer con problemas de salud mental, aprovechándose de la situación de extrema vulnerabilidad de la misma, y de la ausencia de una red de apoyo y contención social y familiar.

Por ese motivo, consideró que la prisión preventiva era la única medida posible para neutralizar los riesgos antes mencionados.

“(…) esta figura de prisión preventiva está contemplada en la constitución y se aplica para delitos lesivos para la sociedad, como es en este caso, el delito de abuso sexual, agravado por la situación de género.

La violencia contra la mujer no sólo constituye una violación de los derechos humanos, sino que también es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, que trascienden todos los sectores de la sociedad”, enfatizó la representante del Ministerio Público Fiscal.

En función de lo expresado, solicitó la prórroga de la prisión preventiva por el término de 120 días, a los fines de efectuar la acusación; realizar el control de la misma ante la jueza competente -con el correspondiente pedido de elevación de la causa a juicio-; y aguardar la fecha de debate que defina la Cámara Penal.

Tras evaluar los argumentos de las partes, y teniendo en cuenta que no quedan pruebas pendientes de producción, el tribunal presidido por la Dra. María Monserrath Bocca, e integrado por las Dras. Daniela Estrada y Cintia Paola Martin; consideró viable mantener la medida de coerción pero limitándola a un término específico, especialmente, ante el posible riesgo para la integridad de la víctima.

Es así que resolvió prorrogar la prisión preventiva por un plazo de 30 días, a partir del día de la fecha, para que se efectúe la acusación, la audiencia de control de la misma y la elevación de la causa a juicio.

Prensa Judicial 3° Circunscripción


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